Regulando el tráfico de mercancías internacional: los seguros de garantías aduaneras

Regulando el tráfico de mercancías internacional: los seguros de garantías aduaneras

Quienes ya peinamos alguna cana recordaremos cómo, cuando éramos pequeños, un simple desplazamiento a la vecina Portugal era sinónimo de largas esperas, incluso a veces de horas, detenidos en la aduana en medio de una interminable fila de vehículos.

Por fortuna los acuerdos internacionales y el proyecto común europeo que se ha ido gestando en las últimas décadas han provocado que la situación haya cambiado, especialmente entre los países de la Unión Europea. La gran mayoría de los puestos fronterizos han desaparecido y el tránsito de vehículos y viajeros se produce de una manera fluida y sencilla.

Sin embargo, el tránsito de importación o exportación de mercancías no resulta tan sencillo. La legislación obliga a los actores implicados -bien sean compañías importadoras, agencias de aduanas o empresas transitorias- a cumplir con una larga serie de condiciones. Entre ellas se encuentra la contratación obligatoria de una garantía que puede realizarse mediante un seguro de caución de garantías aduaneras.

¿Para qué sirve? Para asegurar ante Hacienda (o, más concretamente, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, AEAT) el pago necesario por parte de las empresas de los aranceles que correspondan a importaciones de bienes, así como las multas en caso de que las hubiera. Por lo tanto, la compañía sería el contratante y la Dirección General de Aduanas el asegurado. El tomador, por último, sería la persona física o jurídica obligada a presentar la garantía que asegure el cumplimiento de sus funciones, habitualmente el propietario de la mercadería o la persona a la que se le haya consignado ésta.

Este producto debe suscribirse a través de las compañías aseguradoras (pero únicamente mediante las que estén autorizadas a operar en el ramo) o de las entidades financieras. La elección de la compañía, eso sí, es completamente libre por parte de cada empresa.

 

Tipos de garantías                                                                            

Estos seguros de caución cubren numerosas garantías, por lo que solo nos detendremos en detallar las principales. Vamos con ellas:

  • Importación directa: Tiene una fácil explicación, pues en esencia es la operación comercial más básica y sencilla. Es todo aquél procedimiento que permite introducir mercancías que se quedan en el país receptor para su uso o consumo definitivo. Por ejemplo, una empresa portuguesa que importa naranjas de una firma española. Las dos compañías involucradas, la que ejerce de cliente y la que actúa como proveedora, tienen un trato directo.
  • Importación temporal: en este caso las mercancías importadas salen al poco tiempo de entrar en el país, que actúa como puente antes de exportarlas a otro lugar o sirve como escenario de un evento determinado (imaginemos, por ejemplo, una exposición temporal que se celebre en Madrid con obras de arte del Museo del Louvre o un evento popular que precise de un dispositivo de seguridad que se fabrique en otro país).

En este tipo de importación el seguro garantiza la cobertura tanto de las multas como de los impuestos que deberían pagarse si las mercancías ingresadas no son exportadas en el tiempo que se haya estipulado.

  • Cuadernos ATA: son documentos de admisión temporal de mercancías que emiten las Cámaras de Comercio. Merced a ellos cualquier mercancía no perecedera -prácticamente todas las que se nos ocurran a excepción de los productos de alimentación- puede viajar fuera de las fronteras nacionales. Tienen la ventaja de que permiten la importación temporal de bienes, siempre que el periodo sea menor de un año, sin pagar los aranceles e impuestos para la posterior exportación. Eso sí, sólo tienen validez en algunos supuestos y siempre que se cumplan unos determinados requisitos.
  • Agentes de aduanas: las empresas que ejercen esa labor, las agencias de aduanas, tienen también que contratar por ley un seguro de caución o un aval bancario. Eso les servirá de aval ante la aduana que corresponda en cada caso y les hará cumplir con la exigencia de constituir garantías, ateniéndose a las obligaciones de la Administración.
  • Régimen de perfeccionamiento activo: consiste en la introducción de mercancía en un país sin estar sujeta al pago de aranceles e IVA… con la condición de que ésta sea transformada o perfeccionada para posteriormente ser exportada. Las operaciones de perfeccionamiento que se permiten por ley son las de elaboración; montaje y acoplamiento; reparación, restauración o puesta a punto; adaptación a otras mercancías; y utilización del material en la fabricación de productos destinados a su exportación.

Por último, hay que reseñar que existen dos tipos de regímenes de perfeccionamiento activo. Por un lado el de suspensión, que permite la exportación de mercancías no comunitarias para hacer las tareas de perfeccionamiento y ser exportadas fuera del territorio aduanero, para lo que se requiere de una garantía. Por otro lado, el de exportación anticipada, que no precisa de una garantía y que permite la exportación de productos compensadores comunitarios que van generando un saldo para la importación de mercancías no comunitarias sin el pago de los derechos.